El día 1 de octubre de 2011 entró en vigor la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que reduce el tiempo necesario para optar a la promoción interna a un (1) año.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
El artículo 15 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería queda redactado
en los siguientes términos:
«Artículo 15. Promoción interna.
A los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos un año de tiempo de servicios se les facilitará la promoción interna, dentro de su ejército, a la enseñanza militar de formación para la incorporación a las escalas de suboficiales. A estos efectos se les reservará al menos el 80 por ciento de las plazas convocadas y teniendo en cuenta las características, facultades y exigencias de cada Escala, se podrá reservar, en algunos casos, la totalidad de las plazas convocadas.
Igualmente se les facilitará la participación en los diferentes procesos de promoción a la enseñanza militar de formación, para la incorporación a las escalas de oficiales de los cuerpos generales y de infantería de marina, dentro de su ejército, con la reserva de plazas que establezca el Consejo de Ministros.»
Se puede consultar el texto íntegro en el siguiente enlace
http://www.ejercito.mde.es/Galerias/Descarga_pdf/EjercitoTierra/Personal/ley_orga_9_11_der.debe.pdf
Atentamente
El equipo de www.sermilitar.com
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