Buenos días:
Mientras esperamos a que finalicen los procesos selectivos, hoy tenemos una importante novedad en el Boletín Oficial del Estado.
- Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio, que modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
En el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, no se prevé el ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa al Cuerpo Militar de Sanidad, ni cómo se ha de ordenar la formación cuando se acceda a la enseñanza sin requisito de titulación, por lo que se requiere definir ambos aspectos.
Para posibilitar las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Graduado en Medicina, el Centro ubicado en el Grupo de Escuelas de la Defensa de Madrid se integró en el sistema de centros universitarios de la defensa y se firmó con la Universidad de Alcalá el convenio de adscripción para impartirlas.
Por otra parte, la disposición final sexta de la citada Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, modificó también la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, en el sentido de facilitar la promoción interna de los soldados y marineros a la enseñanza militar de formación para la incorporación a la escala de suboficiales, reduciendo a un año el requisito de tiempo de servicios, extremo que también se extiende para la promoción a la de oficiales. Parece oportuno y acertado aplicar el mismo criterio en cuanto a la reducción de los tiempos de servicio, para que los suboficiales puedan participar en los procesos de selección por promoción a las escalas de oficiales.
Se establecen también medidas de carácter transitorio para facilitar la promoción de los suboficiales, cuando se exijan requisitos de titulación, incrementando los años de exención en los límites de edad.
Un saludo
sermilitar.com
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